«e.p.t.q» VS «TQ»

Imagen de éxito en el registro de marca "e.p.t.q" en Chile, obtenida con la asesoría de Proindus tras superar una oposición marcaria.

El Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) ha concedido el registro de la marca «e.p.t.q» en Chile para distinguir productos de la Clase 5, que incluyen medicamentos para uso humano con ácido hialurónico y otros preparados farmacéuticos. La resolución favorable fue emitida el 4 de agosto de 2025.

Antecedentes del Caso

El proceso de registro de la marca «e.p.t.q» enfrentó una oposición marcaria interpuesta por TQ BRANDS S.A. La oponente fundamentó su objeción en las causales de irregistrabilidad contenidas en el Artículo 20, letras f), g) inciso 1º y h) inciso 1º de la Ley N° 19.039. Se argumentó que la marca solicitada era confusamente similar e inductiva a error respecto de sus marcas previamente registradas, incluyendo «TQ» (Registro N°1184910) en Clase 5 para productos farmacéuticos, «TQ» (Registro N°1131202) en Clase 3 para productos de perfumería, y «TQ» (Registro N°1184911) en Clase 1 para productos químicos. TQ BRANDS S.A. también invocó la notoriedad de su marca «TQ» en Colombia y otros países, destacando su extenso uso y reconocimiento en el mercado, especialmente en la Clase 5.

Argumentos de Defensa

La defensa, a cargo del abogado Jorge Pino Zúñiga de Proindus, se centró en demostrar que la marca «e.p.t.q» posee diferencias gráficas y de identidad suficientes para distinguirse de las marcas de la oponente. Se argumentó que, al aplicar el principio de apreciación global, las marcas en conflicto no generaban riesgo de confusión o error en el público consumidor. La estrategia legal enfatizó que la marca solicitada presentaba elementos novedosos y distintivos que le otorgaban una identidad propia, impidiendo la aplicación de las causales de irregistrabilidad invocadas según el Artículo 20, letras f), g) y h) de la Ley de Propiedad Industrial.

Resolución Final

INAPI, tras un análisis exhaustivo, resolvió rechazar la oposición marcaria interpuesta por TQ BRANDS S.A. La autoridad consideró que la marca «e.p.t.q», a pesar de compartir las letras «T» y «Q», presenta una configuración especial y la adición de las letras «E» y «P» que le otorgan una estructura gráfica y fonética distintiva, lo que permite al público consumidor diferenciarla claramente de la marca oponente. La resolución de INAPI acogió los argumentos del solicitante, determinando que no existía riesgo de confusión ni engaño, y que las causales de irregistrabilidad del Artículo 20, letras f), g) y h) no eran aplicables al caso.

Valor Jurídico y Conclusión

Este registro de marca en Chile otorga a TQ BRANDS S.A. el derecho exclusivo para utilizar «e.p.t.q» en el mercado chileno para una amplia gama de productos farmacéuticos y médicos de la Clase 5. El caso subraya la importancia de una defensa legal sólida en el sector de la salud, donde la protección de la propiedad industrial es crucial. La adecuada conducción del proceso por parte del equipo profesional permitió revertir las objeciones iniciales y obtener el registro, asegurando la distintividad de la marca en un mercado competitivo.