«ULTRAVELING» VS «UL»

La marca «Ultraveling» fue exitosamente registrada en Chile por INAPI para distinguir servicios de actualización de software, administración de servidores, construcción y mantenimiento de sitios web, y creación de comunidades virtuales en el ámbito de los viajes, bajo la Clase 42. El registro fue otorgado el siete de marzo de 2025.

Antecedentes del Caso

El Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) había emitido una observación de fondo de oficio, fundando el rechazo en el Artículo 20, letra h) inciso 1º de la Ley de Propiedad Industrial. La objeción se basaba en la supuesta semejanza gráfica y fonética con el Registro N° 958555, la marca «UL», perteneciente a Importadora UL LLC, también en Clase 42, que protege servicios científicos y tecnológicos para asesoría técnica profesional. INAPI argumentó que la similitud entre los signos podría inducir a confusión en el mercado.

Argumentos de Defensa

La defensa, liderada por el abogado Jorge Pino Zúñiga de Proindus, interpuso un recurso de apelación argumentando que la marca «Ultraveling» presentaba diferencias sustanciales respecto al signo «UL». Se detallaron las diferencias gráficas, destacando la longitud y estructura visual de «Ultraveling» (once letras, diseño moderno) frente a la brevedad de «UL» (dos letras mayúsculas). Fonéticamente, se señaló que «Ultraveling» se pronuncia con cuatro sílabas fluidas («ul-tra-ve-ling»), mientras que «UL» se deletrea («u-ele»). Conceptualmente, se argumentó que «Ultraveling» evoca tecnología y viajes, a diferencia de «UL», un acrónimo genérico. La estrategia se basó en que, para que una marca sea irregistrable por semejanza, deben cumplirse copulativamente tres requisitos: similitud de identidad, misma cobertura, y capacidad de generar confusión, los cuales no se configuraban en este caso. Además, se invocó el principio de especialidad, demostrando que, aunque ambas operan en la Clase 42, sus ámbitos de especialización, finalidad de los servicios y público objetivo son distintos, lo que impide el riesgo de confusión.

Resolución Final

El Tribunal de Propiedad Industrial, tras revisar los fundamentos del recurso de apelación, revocó la resolución inicial de INAPI. Se desestimó el rechazo de oficio y se acogieron los argumentos del solicitante, reconociendo que los signos «Ultraveling» y «UL» se diferencian adecuadamente, sin riesgo de confusión en cuanto al origen empresarial de los operadores en la Clase 42. La resolución final otorgó el registro de la marca «Ultraveling».

Valor Jurídico y Conclusión

Este registro de marca en Chile otorga a «Ultraveling» el derecho exclusivo de uso sobre el signo para los servicios de tecnología y viajes en la Clase 42, impidiendo que terceros utilicen marcas idénticas o similares que puedan inducir a error o confusión. El caso de «Ultraveling» reafirma la importancia de contar con un respaldo jurídico especializado durante el proceso de registro, especialmente al enfrentar observaciones de fondo, para asegurar la correcta interpretación de la normativa marcaria vigente y la protección efectiva de la propiedad industrial.